Vivienda de Turismo Rural

 

 

 

 

 

 

 

 

DENOMINACIÓN

Declaración responsable apertura y clasificación de casa rural

OBJETO

Declaración responsable de apertura y clasificación de vivienda de turismo rural .

¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR?

Cualquier persona física o jurídica puede declarar la apertura de una vivienda de turismo rural en municipios de menos de 1.000 habitantes o que se encuentren claramente situados fuera del casco urbano.

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Titulares de viviendas de turismo rural

NORMATIVA APLICABLE

QUÉ DOCUMENTACIÓN NECESITO?

Formulario de declaración responsable del cumplimiento de requisitos siguientes 

  • Documentación acreditativa de la personalidad titular de la propiedad y de la explotación, 
  • Declaración responsable del título que acredite la disponibilidad del inmueble para Vivienda de Turismo Rural, 
  • Memoria y plano en el que se detalle la ubicación de la Vivienda de Turismo Rural, el número y características de sus habitaciones, elementos y espacios comunes, fechas en las que el establecimiento esté abierto al público y servicios complementarios que se ofrezcan, 
  • Certificación del Ayuntamiento que acredite que la vivienda está conectada a la red publica de agua y al vertido municipal. En caso contrario deberá aportarse Certificado de Sanidad sobre potabilidad del agua. 

OBSERVACIONES

  • Inscripción en el Registro de Turismo de Aragón a efectos informativos. 
  • Posibilidad de solución extrajudicial de conflictos mediante arbitraje de consumo en establecimientos adheridos. 
  • Posibilidad de conciliación y subsanación previa a la incoación del procedimiento sancionador. 

PLAZO DE RESOLUCIÓN

Desde que presenta la declaración responsable previa se puede ejercer la actividad. 
Una vez formalizada la declaración responsable y en un plazo no superior a tres meses, tras las oportunas comprobaciones, el órgano competente podrá, en su caso: 

  • Inscribir el acto o hecho comunicado en el Registro de Turismo de Aragón a efectos meramente informativos. 
  • Clausurar el establecimiento o prohibir el ejercicio de la actividad en caso de incumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa aplicable, sin que por ello se derive derecho alguno a indemnización. 
  • Establecer motivadamente las condiciones en que pudiera ser ejercida la actividad o tener lugar la apertura y clasificación del establecimiento, y su correspondiente inscripción. 

LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN

Comarca Campo de Daroca
Calle Mayor nº 60-62
50.360 Daroca (Zaragoza)
Teléfono 976 54 50 30 
Fax: 976 54 50 01

Presentar el formulario siguiente cumplimentado y la documentación asociada.

Formularios:

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