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Inicio / Administración / Trámites e impresos / Trámites para la apertura de un establecimiento turístico / Vivienda de Turismo Ru ...Vivienda de Turismo Rural
DENOMINACIÓN
Declaración responsable apertura y clasificación de casa rural
OBJETO
Declaración responsable de apertura y clasificación de vivienda de turismo rural .
¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR?
Cualquier persona física o jurídica puede declarar la apertura de una vivienda de turismo rural en municipios de menos de 1.000 habitantes o que se encuentren claramente situados fuera del casco urbano.
¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?
Titulares de viviendas de turismo rural
NORMATIVA APLICABLE
- DECRETO LEGISLATIVO 1/2013, de 2 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Turismo de Aragón
- Decreto 69/1997,de 27 de mayo, del Gobierno de Aragón ,por el que se aprueba el Reglamento sobre ordenación y regulación de los alojamientos turísticos denominados viviendas de turismo rural (BOA 6-6-97)
- Decreto 247/2008, de 23 de diciembre, del Gobierno de Aragón, de adaptación de diversos procedimientos administrativos competencia del Dpto. de Industria, Comercio y Turismo, al Decreto Ley 1/2008, de 30 de octubre del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica de Aragón (BOA 29-12-08.)
- ORDEN de 11 de febrero de 2014, del Consejero de Economía y Empleo, por la que se regula la tramitación por medios telemáticos de los procedimientos administrativos y trámites en materia de turismo
QUÉ DOCUMENTACIÓN NECESITO?
Formulario de declaración responsable del cumplimiento de requisitos siguientes
- Documentación acreditativa de la personalidad titular de la propiedad y de la explotación,
- Declaración responsable del título que acredite la disponibilidad del inmueble para Vivienda de Turismo Rural,
- Memoria y plano en el que se detalle la ubicación de la Vivienda de Turismo Rural, el número y características de sus habitaciones, elementos y espacios comunes, fechas en las que el establecimiento esté abierto al público y servicios complementarios que se ofrezcan,
- Certificación del Ayuntamiento que acredite que la vivienda está conectada a la red publica de agua y al vertido municipal. En caso contrario deberá aportarse Certificado de Sanidad sobre potabilidad del agua.
OBSERVACIONES
- Inscripción en el Registro de Turismo de Aragón a efectos informativos.
- Posibilidad de solución extrajudicial de conflictos mediante arbitraje de consumo en establecimientos adheridos.
- Posibilidad de conciliación y subsanación previa a la incoación del procedimiento sancionador.
PLAZO DE RESOLUCIÓN
Desde que presenta la declaración responsable previa se puede ejercer la actividad.
Una vez formalizada la declaración responsable y en un plazo no superior a tres meses, tras las oportunas comprobaciones, el órgano competente podrá, en su caso:
- Inscribir el acto o hecho comunicado en el Registro de Turismo de Aragón a efectos meramente informativos.
- Clausurar el establecimiento o prohibir el ejercicio de la actividad en caso de incumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa aplicable, sin que por ello se derive derecho alguno a indemnización.
- Establecer motivadamente las condiciones en que pudiera ser ejercida la actividad o tener lugar la apertura y clasificación del establecimiento, y su correspondiente inscripción.
LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN
Comarca Campo de Daroca
Calle Mayor nº 60-62
50.360 Daroca (Zaragoza)
Teléfono 976 54 50 30
Fax: 976 54 50 01
Presentar el formulario siguiente cumplimentado y la documentación asociada.
Formularios:
Información
- Boletín informativo
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