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Año 2017
BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS ANUALES DE LAS ASOCIACIONES DE LA COMARCA DE CAMPO DE DAROCA DURANTE EL EJERCICIO 2017
La Ley 18/2002, de 5 de julio, de creación de la Comarca de Campo de Daroca, en su artículo 5 establece como competencias propias, entre otras, acción social, cultura, deporte, juventud, patrimonio cultural y tradiciones populares, promoción del turismo y protección del medio ambiente.
Asimismo, el Decreto 376/2002, de 17 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se transfieren funciones y traspasan servicios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón a la Comarca de Campo de Daroca, indica en su apartado 1º, letras A, B, C, D, E y F que entre las tareas y actuaciones que corresponden a la Comarca define en materia de Acción Social, Cultura, Patrimonio Cultural y Tradiciones Populares, Deportes y Juventud respectivamente en su ámbito territorial, letra que es modificada en el Decreto 4/2005, de 11 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se modifican los Decretos del gobierno de Aragón de transferencia de funciones y traspaso de servicios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón a las Comarcas
El Decreto Legislativo 1/2006, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Comarcalización de Aragón (BOA núm. 149, de 30 de diciembre), enumera en su artículo 9 las competencias de las comarcas, determinando el contenido de las competencias en materia de acción social, cultura, deporte, juventud, patrimonio cultural y tradiciones populares y promoción del turismo, en los artículos 17, 18, 19, 21, 22 y 23 correspondiendo a las Comarcas, entre otras tareas, con carácter general, la promoción y fomento de la actividad cultural, juvenil y deportiva realizada en la Comarca. A su vez, en el artículo 34 denominado gestión de subvenciones y ayudas, expresa en su primer punto que en los casos en los que esta Ley se refiera a la transferencia a las comarcas del fomento y promoción de actividades endistintas materias, ello incluirá, en su caso, la convocatoria desubvenciones y ayudas al sector privado con cargo a lospresupuestos de la comarca.
Por tanto, y en virtud de lo anterior, la Comarca Campo de Daroca, como entidad local territorial con personalidad jurídica propia, teniendo como fin la prestación de servicios y la gestión de actividades de ámbito supramunicipal, así como representar los intereses de la población y territorio comarcal, y en cooperación con los municipios que la integran en el cumplimiento de sus fines, ha desarrollado la esta convocatoria.
La presente convocatoria se regirá, además de por lo establecido en la misma, por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y por su nueva redacción en la Ley 27/2013 de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, por la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, por el Decreto 347/2002 (Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón), por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, la Ley 5/2015, de subvenciones de Aragón y demás normativa aplicable.
En su virtud, y al objeto de establecer las bases a las que se sujeta la convocatoria correspondiente al año 2017, dispongo:
ARTÍCULO PRIMERO
En Sesión Ordinaria del Consejo Comarcal de Campo de Daroca con fecha 24 de noviembre de 2017, se aprueba la convocatoria de ayudas a las Asociaciones de dicha Comarca que se encuentren legalmente constituidas, con destino a la realización de actividades, durante el año 2017.
ARTÍCULO SEGUNDO
Las ayudas se concederán con cargo a la partida 3340.48000 del presupuesto de la Comarca Campo de Daroca para el año 2017.
RESUMEN DE LAS BASES REGULADORAS
OBJETO
- La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, a asociaciones legalmente constituidas que estén radicadas en el ámbito geográfico de esta Comarca, para la realización de actividades enmarcadas en un proyecto anual. Por ello, las asociaciones deberán presentar un único proyecto, compuesto por al menos, una actividad sin límite máximo de actividades, cuya condición indispensable, es su desarrollo en alguno o algunos de los municipios de la Comarca Campo de Daroca durante el año 2017.
¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?
- Podrán participar en la presente convocatoria todas aquellas entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas a fecha de publicación de las presentes bases, que tengan establecida su sede social en cualquiera de los municipios pertenecientes a la Comarca de Campo de Daroca, que se hallen inscritas en el correspondiente registro de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo objeto tenga relación directa con el de las presentes bases y hayan desarrollado las actividades por las que solicitan subvención en la Comarca de Campo de Daroca.
- Quedan expresamente excluidas las entidades que dependan de la Administración del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Administración Local.
¿QUÉ DOCUMENTACIÓN NECESITO?
A la instancia deberá adjuntarse la siguiente documentación, que aparece más concreta en las bases:
- Documento 1. Solicitud según anexo I.
- Documento 2. Declaración responsable según anexo II.
- Documento 3: Memoria explicativa sobre el proyecto anual para la que solicita subvención, según Anexo III.
- Documento 4. Documentación de la asociación. Los solicitantes deberán presentar, salvo que la hayan presentado en anualidades anteriores sin haber cambios sustanciales en los mismos:
- Fotocopia compulsada del código de identificación fiscal (CIF) de la entidad.
- Fotocopia compulsada de la resolución de inscripción de la entidad en el Registro de Asociaciones del Gobierno de Aragón.
- Fotocopia compulsada de los estatutos de la asociación y de la última acta de composición de la Junta, documentos en los que deberá figurar el objeto de la asociación y la representación.
Toda esta documentación aparece abajo en la sección archivos, así como la posterior documentación para la justificación.
PLAZO ABIERTO DESDE
- Publicación en el BOPZ en diciembre de 2017.
PLAZO ABIERTO HASTA
- Diez días habiles desde la publicación en el BOPZ, se ha publicado el 11 de diciembre de 2017, por lo que se podrán presentar solicitudes hasta el 26 de diciembre.
OBSERVACIONES
- Estas ayudas se destinarán a proyectos desarrollados o que se vayan a desarrollar íntegramente desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2017.
- Las actividades susceptibles de ser subvencionadas, deberán estar relacionadas en los ámbitos competenciales de la Comarca Campo de Daroca, es decir, en acción social, cultura, deportes, juventud, patrimonio cultural y tradiciones populares o turismo.
- Las actividades, podrán estar relacionadas con actividades de desarrollo, dinamización, difusión, formación (como por ejemplo cursos, talleres, conferencias, encuentros), promoción, organización y desarrollo de eventos o viajes, participación en competiciones, siendo necesario e implícito que estén basadas en las materias antes citadas.
- Las actividades no subvencionables aparecen en las bases reguladoras.
- El importe de la subvención no podrá ser de cuantía superior al 60% del coste total de la actuación, ya sea aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas, con un máximo de subvención de 500 euros por proyecto.
- Toda la información complementaria está en las bases reguladoras adjuntas en el apartado Archivo así como los anexos necesarios para concurrir en la convocatoria.
BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES CON DESTINO A AYUNTAMIENTOS DE LA COMARCA DE CAMPO DE DAROCA PARA LA PROMOCIÓN, FOMENTO Y APOYO DE ACTIVIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS Y JUVENILES EN EL ÁMBITO COMARCAL DURANTE EL AÑO 2017
El Decreto Legislativo 1/2006, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Comarcalización de Aragón (BOA núm. 149, de 30 de diciembre), enumera en su artículo 9 las competencias propias de las comarcas, determinando el contenido de las competencias en materia de cultura, deporte y juventud, deporte en los artículos 18, 21 y 22, correspondiendo a las Comarcas, entre otras tareas, con carácter general, la promoción y fomento de la actividad cultural, juyenil y deportiva realizada en la Comarca.
La Ley 18/2002, de 5 de julio, de creación de la Comarca de Campo de Daroca, en su artículo 5 establece como competencias propias de la misma la cultura, el deporte y la juventud. Asimismo, el Decreto 376/2002, de 17 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se transfieren funciones y traspasan servicios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón a la Comarca de Campo de Daroca, indica en su apartado 1º, letras B, D, E las tareas y actuaciones que corresponden a la Comarca en materia de Cultura, Deportes y Juventud, respectivamente, en su ámbito territorial. Letra que es modificada en el Decreto 4/2005, de 11 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se modifican los Decretos del gobierno de Aragón de transferencia de funciones y traspaso de servicios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón a las Comarcas.
Por tanto, y en virtud de lo anterior, la Comarca Campo de Daroca, como entidad local territorial con personalidad jurídica propia, teniendo como fin la prestación de servicios y la gestión de actividades de ámbito supramunicipal, así como representar los intereses de la población y territorio comarcal, y en cooperación con los municipios que la integran en el cumplimiento de sus fines, ha desarrollado la presente convocatoria.
Como indica la Exposición de Motivos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones -LGS-, una parte importante de la actividad financiera del sector público se canaliza a través de subvenciones, con el objeto de dar respuesta, con medidas de apoyo financiero, a demandas sociales y económicas de personas y entidades públicas o privadas.
Desde la perspectiva económica, las subvenciones son una modalidad importante de gasto público y, por tanto, deben ajustarse a las directrices de la política presupuestaria.
Además, la concesión de subvenciones debe realizarse bajo los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación; eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración otorgante y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
Para articular los principios expuestos, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones -LGS- establece la obligación de que la entidad concedente apruebe una ordenanza general o específica para el otorgamiento de subvenciones (art. 17.2).
Por los motivos expuestos, se ha considerado la conveniencia de elaborar una Ordenanza reguladora de las bases de la convocatoria de subvenciones con destino a ayuntamientos de la comarca de Campo de Daroca para la promoción, fomento y apoyo de actividades culturales, deportivas y juveniles en el ámbito comarcal durante el año 2017.
Esta convocatoria se regirá, además de lo establecido en la misma, por la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón aprobado por Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, y demás disposiciones concordantes en la materia.
En su virtud, y al objeto de establecer las bases a las que se sujeta la convocatoria correspondiente al año 2017, dispongo:
ARTÍCULO PRIMERO
En Sesión Ordinaria del Consejo Comarcal de la Comarca Campo de Daroca de fecha 24 de noviembre de 2017, se aprueba la convocatoria de ayudas a los Ayuntamientos pertenecientes a la misma con destino a la promoción, fomento y apoyo de actividades en materia de cultura, deportes y juventud en el ámbito comarcal, durante el año 2017.
ARTÍCULO SEGUNDO
Las ayudas se concederán con cargo a la partida 3340.46201 del presupuesto de la Comarca de Campo de Daroca para el año 2017.
RESUMEN DE LAS BASES REGULADORAS
OBJETO
- El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas a los ayuntamientos de la Comarca Campo de Daroca a través del desarrollo de un programa de promoción, fomento y apoyo en torno a las áreas de Cultura, Deportes y Juventud. Este programa, denominado “Programa de promoción, fomento y apoyo de actividades culturales, deportivas y juveniles en el ámbito comarcal”, se ha diseñado para obtener un doble objetivo; de una parte, facilitar una selección, promoción y gestión de actividades ofertadas por entidades cuya sede social radique en la Comarca Campo de Daroca y, por otra, posibilitar el acceso a la cultura, deporte y promoción de la juventud a todos los municipios de nuestro territorio, independientemente de su número de habitantes.
¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?
- Los beneficiarios serán única y exclusivamente los Ayuntamientos pertenecientes a la Comarca del Campo de Daroca.
¿QUÉ DOCUMENTACIÓN NECESITO?
Por un lado, deberán realizar la solicitud de la actividad según modelo normalizado. A la instancia deberá adjuntarse la siguiente documentación, que aparece más concreta en las bases:
- Documento 1. Modelo de Solicitud de subvención.
- Documento de aceptación de la subvención, según anexo I.
- Instancia – modelo de justificación y relación de gastos, según anexo II.
- Certificado del secretario de la entidad, según anexo III, que acredite el cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención, los medios de financiación total de la actividad, haciendo constar en su caso las ayudas o subvenciones obtenidas para la misma finalidad, mencionando expresamente que no superan el coste total de la actividad subvencionada.
- Copia compulsada de todas las facturas originadas con motivo de la realización de la actividad subvencionada, así como copia compulsada del comprobante bancario de pago. Éstas deberán ser expedidas a nombre de la Entidad beneficiaria de la subvención y la fecha de las mismas se referirá necesariamente al año 2017 ya los presupuestos de gastos remitidos en la solicitud y que han dado origen a la subvención.
PLAZO ABIERTO DESDE
- Publicación en el BOPZ en diciembre de 2017.
PLAZO ABIERTO HASTA
- Siete días habiles desde la publicación en el BOPZ. Se ha publicado el 11 de diciembre de 2017, es decir, el plazo de presentación será hasta el 20 de diciembre de 2017.
OBSERVACIONES
- Los respectivos departamentos de la Comarca en materia de Cultura, Juventud y Deportes elaborarán una propuesta de programación que recogerá una serie de entidades, compañías, grupos y asociaciones cuya sede radique preferentemente en la delimitación comarcal de Campo de Daroca. Dicha propuesta quedará reflejada en un Catálogo de programación con carácter anual.
- Esta subvención se destinará a aquellas actividades desarrolladas y contratadas por los beneficiarios descritos en el punto anterior del 1 de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2017.
- Los Ayuntamientos podrán seleccionar del catálogo del Banco de Actividades cualquiera de las actividades para su programación municipal.
- Cerrado el plazo de presentación de solicitudes la Comarca, a través de los tres citados departamentos, analizarán las solicitudes aceptadas que cumplan con los requisitos y realizarán una propuesta de adjudicación de la subvención para que su reparto se realice de forma proporcional entre todos los municipios solicitantes.
- El importe de la subvención de las actividades en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
- Toda la información complementaria está en las bases reguladoras adjuntas en el apartado Archivo así como los anexos necesarios para concurrir en la convocatoria.
Archivo:
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