Estas ayudas publicadas el día 15 de junio quieren minimizar los impactos de la crisis sanitaria en la vivienda. Para poder acceder a estas ayudas, los arrendados deberán acreditar que están en una situación de vulnerabilidad económica y social que ha sido sobrevenida a causa del COVID-19.
¿Qué requisitos son necesarios para acceder a estas ayudas?:
- Tener un contrato de alquiler de su vivienda habitual
- Encontrarse en una situación de vulnerabilidad sobrevenida por la COVID.
- Ser españoles o tener una residencia habitual en España
- La vivienda alquilada deberá ser su residencia habitual
- El alquiler de dicha vivienda no podrá superar los 600€ mensuales
- Deberán estar al corriente del pago de los meses de enero, febrero y marzo.
Documentación a presentar:
- El plazo de finalización será el 30 de septiembre
- Copia completa del contrato de alquiler formalizada según el contrato de arrendamientos urbanos
- Certificado o volante colectivo de empadronamiento cedido por el ayuntamiento del municipio de residencia
- El justificante de pago de la renta de alquiler de enero, febrero y marzo
- El justificante de pago de luz, gas, gasoil y agua caliente de enero, febrero y marzo
- El libro de familia, DNI y la autorización a la administración para el tratamiento de los datos.
Se puede tramitar telemáticamente a través de la página del Gobierno de Aragón www.aragon.es, enviando la declaración con el dni electrónico y de no ser así, se puede obtener el formulario en esa misma dirección online para enviar después en formato físico toda la información a la Diputación Provincial en Zaragoza. Para más información y asesoría de este proceso pueden consultar en el área de Servicio Social de Base, pidiendo cita previa en el 976 54 50 30.