Funciones

La Comarca, en el ámbito de su territorio, es competente en las siguientes funciones y servicios, sin perjuicio de las actuaciones de planificación, coordinación, promoción y fomento que, en virtud de interés supracomarcal, pudiera ejercer la Comunidad Autónoma y de la eventual autonomía propia de los centros, entidades e instituciones afectadas.

En relación con el fomento del asociacionismo juvenil de la Comarca:

Apoyar los intereses de los jóvenes de la Comarca, prestando los servicios necesarios y requeridos, a través de las siguientes acciones:

  • La cooperación con organizaciones y entidades para el desarrollo de programas de fomento del voluntariado.
  • La promoción y organización de actividades de animación, artísticas y socioculturales dirigidas a la juventud.
  • La Comarca comunicará al Instituto Aragonés de la Juventud aquellos actos inscribibles y datos asociados necesarios para el mantenimiento y actualización del Censo de Asociaciones Juveniles del Instituto Aragonés de la Juventud. A su vez el Instituto Aragonés de la Juventud comunicará a la Comarca y al interesado del número censal que corresponda.
  • Coordinar con entidades públicas o privadas titulares de residencias, albergues y campamentos juveniles el uso de los servicios, a través de los instrumentos que posibilita la legislación en materia de Régimen Local y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  • Autorizar la constitución del Consejo Comarcal de la Juventud como órgano de relación en temas de juventud.
  • Colaborar con el Instituto Aragonés de la Juventud en los programas de intercambio de colectivos juveniles.
  • La promoción y concertación de campos de trabajo de recuperación del Patrimonio, tareas medioambientales, sociales etc.
  • El establecimiento, si lo considera de interés, de Puntos de Información Joven de la Comarca dentro del Sistema Aragonés de Información Joven.

 

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