Centro Comarcal de Servicio Sociales

La Comarca, en el ámbito de su territorio, es competente en las siguientes funciones y servicios en, sin perjuicio de las actuaciones de planificación, coordinación, promoción y fomento que, en virtud de interés supracomarcal, pudiera ejercer la Comunidad Autónoma y de la eventual autonomía propia de los centros, entidades e instituciones afectadas.

PRESTACIONES BÁSICAS

Entendiendo por prestaciones básicas de servicios sociales el conjunto de atenciones económicas, técnicas o en especie que deben garantizarse a todos los ciudadanos en condiciones de igualdad, corresponde a la comarca:

  • Información, valoración y orientación.- Prestación básica de carácter comunitario que tiene por objeto promover la igualdad de los ciudadanos, grupos e instituciones en lo relativo al conocimiento de los derechos y recursos sociales existentes y la prevención de la marginación social por causa del desconocimiento de los mismos y, al mismo tiempo, favorecer la toma de conciencia de una Comunidad sobre sus problemas, e instrumentalizar los mecanismos que hagan posible su participación protagonista en la búsqueda de soluciones y en la gestión de los servicios y /o actividades sociales.
  • Apoyo a la Unidad de Convivencia y Ayuda a Domicilio.- El Apoyo a la Unidad de Convivencia es una prestación básica de carácter comunitario que tiene por objeto la realización de actuaciones de apoyo social y educativo, la intervención en situaciones de riesgo, el apoyo a la estructura familiar y a la dinámica de relación de la unidad de convivencia. La Ayuda a Domicilio es una prestación básica de carácter comunitario dirigida a ayudar a familias o personas solas con dificultades para restablecer o mantener su bienestar físico, social y psicológico, proporcionándoles la posibilidad de continuar en su entorno mientras sea posible y conveniente, sin eximir en ningún caso a la familia de su responsabilidad.
  • Alojamiento Alternativo.- Prestación básica que tiene por objeto la satisfacción de las necesidades básicas de alojamiento, higiene, alimentación y convivencia con carácter temporal de aquellas personas que carecen de ambiente familiar adecuado, suponiendo una alternativa para los mismos.
  • Prevención e inserción social.- Prestaciones básicas que tienen por objeto la realización de actuaciones específicas dirigidas a grupos en situación de riesgo, a sectores específicos de población y a problemáticas sociales concretas para prevenir las causas que producen marginación, y para facilitar la integración social a individuos, familias y grupos en situación de exclusión.

PROGRAMAS INTEGRALES O POR COLECTIVOS

Corresponde a las comarcas la gestión y coordinación de programas integrales o por colectivos, en materia social. Entre estos planes están los correspondientes a la erradicación de la pobreza, el desarrollo del pueblo gitano, la integración social de inmigrantes, la atención a familias desfavorecidas, la atención a familias monoparentales, la educación familiar y cualquier otro en respuesta a situaciones específicas de necesidad social.

PROGRAMAS ESPECÍFICOS

  • Atención a personas mayores validas o con pequeño grado de dependencia: Este programa tiene por objeto asegurar cuidados en domicilio, residencias u otras modalidades de alojamiento a personas mayores que carecen en su entorno de cuidadores o de condiciones de habitabilidad para poder realizar de forma digna su vida cotidiana.
  • Atención a menores: Este programa tiene por objeto priorizar las actuaciones en familias con indicadores de maltrato. Desde los servicios comarcales se desarrollarán las siguientes funciones:
  1. Propuesta preceptiva y vinculante, al servicio especializado de menores, para la declaración de la situación legal de riesgo que incluirá las líneas de actuación en cada caso.
  2. Informe para la elaboración, por el servicio especializado de menores, de la propuesta(s) de declaración de desamparo para el ejercicio de la tutela.
  3. Gestión de los programas de preservación familiar y de reinserción del menor en programas de separación.
  4. Mediación en los casos de guarda. 
  • Ayudas de Urgente Necesidad.-Tienen por objeto atender, con carácter de urgencia y a través de prestaciones económicas, necesidades sociales de signo individual, producidas por haber sobrevenido una situación de necesidad, presumiblemente temporal y en ningún caso de carácter endémico, que suponga una privación de los medios de vida primarios e imprescindibles. Dentro de este programa podrán incluirse las ayudas precisas para atender las necesidades más urgentes de las mujeres víctimas de violencia doméstica.
  • Fomento de la Solidaridad: Cooperación Social.- Tiene por objeto el conjunto de actuaciones dirigidas a favorecer procesos de participación y cooperación social de las personas y colectivos de una determinada comunidad, para dar una respuesta más eficaz y solidaria en la prevención de las necesidades sociales y en su atención una vez que éstas se manifiestan.
  • Voluntariado Social.- Tiene por objeto el conjunto de actuaciones encaminadas al fomento del voluntariado, que ha de ir dirigido a la satisfacción del interés general y especialmente a la erradicación de situaciones de marginación y a la construcción de una sociedad solidaria en la que todos los ciudadanos gocen de una calidad de vida digna.
  • Emergencia Social.- Tiene por objeto facilitar la cobertura de las necesidades sociales básicas en situaciones de emergencia.
  • Emitir el correspondiente informe en los procedimientos de autorización, apertura, modificación o cierre de los centros sociales en la Comarca.
  • Colaborar en el control de las condiciones mínimas que deben reunir los centros y establecimientos de los servicios sociales de la Comarca.
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